Microsoft y SAP vuelven sin tapujos a por las Patentes de Software en Europa

Por medio de una de las listas de correo de la FFII me ha llegado el siguiente correo de Alberto Barrionuevo. Como los archivos de la lista solamente están disponibles para los suscriptores y creo que el contenido de este correo es de interés general para todos, paso a copiarlo a continuación.

Hola,

para información de todos y siguiendo con el aviso reciente de que el Comisario de Mercado Interno, el Sr. McCreevy, pretendía volver a colar las patentes de software mediante el relanzamiento que hizo esta semana de la Directiva de Patente Europea, aquí está la confirmación de intenciones hacia la misma por parte de los principales actores del lobby pro-patentes: Microsoft y SAP (su departamento de abogacía, principalmente).

Industry Readies For Round Two Of EU Patent Directive

El método para legalizar las patentes de software sería a grandes rasgos algo así como esto:

  1. Sacar adelante la Directiva de Patente Comunitaria o Europea que acaba de relanzar la Comisión Europea (aún está por ver si se tramitará mediante el procedimiento de co-decisión del Parlamento y el Consejo, o mediante unanimidad del Consejo).
  2. Que en dicha directiva, tal y como se incluye en esta propuesta de McCreevy, se haga de alguna forma ley europea la actual práctica administrativa de la Oficina europea de Patentes. Recuerdo que esta práctica es la que ha concedido por ahora unas 50.000 patentes de software en Europa. Esto sería una aberración democrática equivalente a que los funcionarios de la OTAN escribieran las leyes sobre defensa españolas y europeas.
  3. Que en dicha directiva se le de el control del Tribunal Superior de Patentes Europeo (de nueva constitución) o nacionales a los miembros de la Oficina Europea de Patentes. Esto sería una aberración democrática equivalente a que los funcionarios de la OTAN compusieran el Tribunal Internacional de La Haya y los tribunales supremos nacionales para temas de defensa, genocidio, etc.
  4. Que se lleven juicios sobre patentes de software hasta dicha última instancia y, una vez allí, con el tribunal superior a favor totalmente de las patentes de software, que se cree jurisprudencia que las legalice en toda la Unión Europea y para siempre, y por ende, en el resto del mundo, pues ya estarían legalizadas en mayor o menor medida en EEUU, Japón, Australia, Nueva Zelanda y la Unión Europea.

El método puede sonar algo retorcido (lo es), pero no olvidemos que esa misma ha sido la forma en que se legalizaron las patentes de software en EEUU: por jurisprudencia, no por ley, y que allí el Tribunal Supremo ha dictado que es patentable "todo lo que haga el ser humano bajo el sol" (no sabemos si incluye los días nublados y las noches... ;)

Por suerte esta vez tendremos de nuestra parte que habrá jueces que se opongan a esa imparcialidad y falta de independencia de un tribunal superior europeo (ya lo ha hecho el juez Sir Jacob del Reino Unido).

Por contra, al no tratarse esta vez la directiva de patentes de software, sino de patentes en general, contaremos con la contrapartida de que podremos ser objeto de negociación y contrapartida. Por ejemplo: "España, tú me votas a favor del texto legalizando las patentes de software y yo a cambio te concedo que las patentes se puedan escribir en español en vez de sólo en inglés."

Como vemos, el juego es mucho más complicado en esta ocasión.

En resumen, en la última directiva pretendían aprobar las patentes de software por ley europea (directiva), ahora pretenden hacerlo por jurisprudencia y gracias a una ley europea que deja abierto el hueco de crear esa jurisprudencia fácilmente.

¿Propuestas ante este feo panorama?

Saludos,
Alberto.

PD: que me disculpen los trabajadores de la OTAN por ponerlos como ejemplo: era un mero ejemplo y en absoluto quiere decir que yo tenga nada contra ellos.

PD2: recuerdo que la Oficina Europea de Patentes es:

  1. una oficina compuesta por funcionarios públicos.
  2. externa a la Unión Europea.
  3. no sujeta a ninguna ley europea ni nacional (si siquiera a las leyes laborales de ningún país)
  4. que no tiene ningún tribunal por encima.
  5. sólo sujeta a su carta constitucional, el Convenio de la Patente Europea, que lo interpretan como les apetece sin que nadie se lo pueda corregir.
  6. dirigida por funcionarios de patentes de las oficinas nacionales de 35 países europeos.
  7. que las patentes que aprueban son válidas en todos esos países adheridos al CPE, aunque esto no quiere decir que sean ejecutables judicialmente, pues por ahora, y por ahí nos salvamos, las leyes nacionales y lo que dicten los tribunales están por encima de lo que diga esa oficina (hasta que lo cambien con una directiva como la de Patente Comunitaria o cualquier otra).
  8. que funciona internamente como una empresa cuyo negocio es conceder patentes y no perder tiempo y dinero denegándolas.